Este artículo técnico ofrece un desglose detallado respecto a cómo se abordan las discrepancias fiscales en el artículo 91.° de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), y las implicaciones para los contribuyentes en México. De lo anterior, sólo estaré considerando en específico lo relativo a las personas físicas.
México, al igual que muchos países alrededor del mundo, ha experimentado una constante evolución de su sistema tributario con el fin de mejorar la recaudación fiscal y fomentar la cultura de cumplimiento entre los contribuyentes. Sin embargo, la complejidad inherente al sistema ha llevado a situaciones donde las declaraciones fiscales no reflejan la realidad financiera de los contribuyentes.
Las discrepancias fiscales, en las cuales las erogaciones superan los ingresos declarados, son una manifestación de este desafío en México. En reconocimiento de la importancia de abordar este problema, la legislación mexicana, específicamente la LISR, ha establecido medidas y mecanismos para detectar, corregir y sancionar estas discrepancias.
Las regulaciones fiscales en México tienen como objetivo abordar situaciones en las cuales las erogaciones declaradas por una persona física superan a sus ingresos declarados.
De acuerdo con el artículo 91.° de la LISR, las erogaciones se entienden como “gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o [cargos a] tarjetas de crédito”.
Por otra parte, no se debe confundir la discrepancia fiscal con los siguientes dos supuestos:
Elusión fiscal: se refiere a la planificación y utilización de estrategias legales para reducir la carga tributaria de manera lícita. Implica aprovechar lagunas o ambigüedades en las leyes fiscales para minimizar los impuestos.
Evasión fiscal: conlleva acciones ilegales destinadas a evitar el pago de los impuestos que son debidos. Esto incluye ocultar ingresos, falsificar registros contables, no declarar activos o usar documentos falsos para engañar a las autoridades fiscales y reducir así el monto de impuestos adeudados.
Debido a los dos temas anteriores, la autoridad en México, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha implementado procedimientos para identificar discrepancias y estar en posibilidades de determinar si se trata de alguno de los hechos anteriores. Por lo tanto, señalo lo más destacado:
Ahora bien, qué ha sucedido con la información precargada del SAT:
El SAT pone a disposición la "Información prellenada" en la declaración anual de impuestos para personas físicas. Esto indica que el SAT recopila información de diversas fuentes, como empleadores, instituciones financieras y otros terceros, y la utiliza para llenar automáticamente ciertos campos en la declaración de impuestos de los contribuyentes. Con esta medida, busca facilitar el proceso de presentación de la declaración y reducir la posibilidad de discrepancias fiscales.
Con este artículo técnico se ha buscado informar sobre la normativa fiscal relacionada con discrepancias y sus posibles consecuencias. No obstante, es esencial mantenerse informado y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes para evitar sanciones.
La gestión y recaudación fiscal son vitales para el sostenimiento y desarrollo de cualquier nación. En este tenor, en México, el artículo 91.° de la LISR da evidencia del esfuerzo por asegurar que las personas físicas declaren de manera precisa y transparente sus ingresos y erogaciones. Además, la atención puesta en las discrepancias fiscales no sólo busca incrementar la recaudación, sino también promover una cultura de integridad y responsabilidad tributaria. Al distinguir entre elusión y evasión fiscal, se hace evidente el margen que existe entre la planificación fiscal legítima y las prácticas ilegales.
Finalmente, las herramientas y procedimientos que el SAT ha implementado, desde auditorías hasta el uso de tecnología avanzada, demuestran la adaptación a un mundo cada vez más digitalizado y globalizado.
Cámara de Diputados, 2021, Ley del Impuesto Sobre la Renta, 2023, de Cámara de Diputados: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf