La reciente reforma al artículo 29 de la Ley del Infonavit y la creciente complejidad en los dictámenes de seguridad social fueron el eje central del evento Aspectos prácticos en los dictámenes del IMSS e Infonavit, organizado por la comisión de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos los días 8 y 9 de julio.
Durante las dos jornadas, expertos abordaron los nuevos retos para las empresas ante cambios normativos que impactan directamente en la administración de créditos de vivienda, control de ausentismo, y responsabilidades patronales, así como en la calidad técnica de los dictámenes fiscales ante el IMSS.
Durante el primer día, María de Lourdes Nabor Cadena, Miguel Ángel Silva Pedroza y Ariel Morales García, integrantes de la comisión organizadora, centraron su atención en los efectos de la reforma al artículo 29 de la Ley del Infonavit, publicada el 21 de febrero de 2025. Mencionaron que este cambio legal establece que las amortizaciones de créditos de vivienda no se suspenderán, aunque el trabajador tenga ausencias o incapacidades, lo que representa un cambio significativo para las empresas.
En ese orden de ideas, explicaron que esta reforma implica nuevas responsabilidades para los patrones, quienes deberán ajustar sus sistemas de nómina y controles internos para evitar errores en los pagos y sanciones por diferencias. También, advirtieron sobre posibles conflictos al intentar recuperar pagos en exceso o cuando el salario no sea suficiente para aplicar los descuentos correspondientes.
En este contexto, se discutió la utilidad del dictamen del Infonavit como herramienta preventiva, a pesar de no ser obligatorio. Los expositores recomendaron implementar controles detallados de ausentismo y conciliaciones con la Emisión Bimestral Anticipada (EBA), así como establecer convenios de reembolso de incapacidades con el IMSS. Además, enfatizaron la necesidad de sensibilizar a los trabajadores sobre el cumplimiento puntual de sus obligaciones crediticias.
Con miras al cuarto bimestre del año, cuyo pago inicia en septiembre de 2025, se recordó a los asistentes que el Infonavit ya ha otorgado una prórroga, pero se advirtió sobre la necesidad de estar preparados. Los especialistas concluyeron que los contadores deben mantenerse actualizados y evaluar el costo-beneficio de cada acción para evitar contingencias futuras.
En la segunda jornada, Jesús Guillermo Mendieta González, integrante de la comisión de Auditoría Fiscal; Miguel Arnulfo Castellanos Cadena y Moisés Velázquez Ortega de la comisión organizadora, abordaron los aspectos técnicos del dictamen de seguridad social. Aunque el Sistema de Dictamen Electrónico (SIDEIMSS) no presentó cambios relevantes respecto al año anterior, los expositores subrayaron la importancia de la calidad en los papeles de trabajo, que son el soporte técnico del dictamen y reflejan el profesionalismo del contador público autorizado.
Uno de los temas destacados fue la obligación de dictaminar para patrones con un promedio anual de 300 o más trabajadores. Se explicó cómo calcular este promedio y la relevancia de verificar la información frente a los datos del IMSS, ya que cualquier discrepancia podría derivar en sanciones o requerimientos formales por parte de la autoridad.
También se analizó el procedimiento de corrección voluntaria y las invitaciones del IMSS. Los especialistas advirtieron que aceptar una invitación podría implicar la obligación de dictaminar varios ejercicios fiscales, y recordaron que, una vez iniciada la solicitud de dictamen, no es posible acogerse a otro esquema de corrección. Por ello, se recomendó evaluar cuidadosamente la estrategia más adecuada para cada caso.
Finalmente, los ponentes resaltaron los beneficios de dictaminar de forma proactiva, como evitar visitas domiciliarias, siempre y cuando el dictamen se presente sin observaciones graves. La sesión cerró con consejos prácticos sobre el uso del SIDEIMSS y la planificación anticipada del aviso y presentación del dictamen, así como la necesidad de mantener la capacitación continua y cumplir con las normas de control de calidad.
Eventos recientes
Esta tarde, el Colegio de Contadores Públicos de México y el Colegio de Notarios de la Ciudad de México firmaron un convenio de colaboración que busca fortalecer la relación entre ambas instituciones y ofrecer beneficios significativos a sus integrantes.En el evento se dieron cita, por parte del Colegio, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente; Rosalía Ortega López, vicepresidenta de Gobierno; y María Luisa Ramírez Hernández, directora ejecutiva. En representación del Colegio de Notarios, estuvieron presentes Roberto Garzón Jiménez, presidente de la institución, y Ángel Gilberto Adame López, director general del Instituto de Investigaciones Jurídicas del Notariado (IIJN).Durante la firma del convenio, se destacó el compromiso de ambas partes para desarrollar actividades que incluyen:Comunicación: Colaboración en la promoción de foros, cursos, talleres, etc. a través de redes sociales y comunicados oficiales.Acceso preferente a actividades académicas: Los asociados y colaboradores tendrán preferencia para participar en diversas actividades académicas organizadas por los colegios.Difusión: Se establecerá un enfoque en la promoción de cursos, talleres, seminarios, conferencias, simposios y diplomados, lo que permitirá a los miembros mantenerse actualizados en sus respectivas áreas de interés y contribuir al desarrollo profesional continuo.Posteriormente a la firma, las autoridades de ambos organismos realizaron un recorrido por las instalaciones del Colegio, donde pudieron conocer más sobre los beneficios que se ofrecen a los asociados.Durante el recorrido, los representantes intercambiaron ideas sobre la importancia de la colaboración interinstitucional y cómo esta puede impactar de manera positiva en la formación y actualización profesional. El encuentro finalizó con una cordial conversación sobre los desafíos actuales que enfrentan ambas profesiones, así como sobre la necesidad de adaptarse a un entorno en constante cambio.
El 29 de julio se presentó en el Colegio el curso Presentación del dictamen por fusión y escisión de sociedades, donde la comisión técnica de Auditoría Fiscal brindó la información necesaria a los asistentes para elaborar el dictamen y presentación de estados financieros de las empresas participantes de fusiones o escisiones, conforme a los requisitos del artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).El espacio estuvo coordinado por Rafael Mendoza Aguilar y contó con la participación de tres expertos en el tema e integrantes de la comisión: Daniel Lugo Serrano, Saraí Dávila Fragaso y Miguel Ángel Severiano Hernández, quienes compartieron sus conocimientos para explorar los antecedentes, disposiciones fiscales, requisitos y recomendaciones para la elaboración de estos dictámenes. Para comenzar, se explicó que el proceso de fusión o escisión comienza con una asamblea extraordinaria de accionistas, donde se determinarán los motivos para tal efecto en relación con los estados financieros. Además, se señaló la importancia de extender en un acta de asamblea todos los detalles necesarios del acuerdo de estos actos corporativos, con el fin de clarificar las descripciones, plazos, responsabilidades y obligaciones que derivan de ellos.El acta de asamblea no tiene una lista concreta de extensión y alcance. Los expertos señalaron que debe responder a las necesidades de las partes involucradas para establecer un acuerdo, siempre alineada a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).En ese mismo sentido de cumplimiento normativo, el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación señala las condiciones que debe cumplir un caso de fusión para no ser considerada como una enajenación. Una de estas condiciones es que la sociedad fusionante deberá continuar con las actividades que realizaba antes de la acción.Posteriormente, en el foro se comentó quiénes no están obligados al dictamen, con sustento de la regla 2.10.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Para ello, los contribuyentes deben cumplir tres supuestos: el monto de la cuenta de capital de aportación de la sociedad y el capital social del fusionante o la escindente no debe exceder el equivalente a $100’000,000; El valor de los activos netos transmitidos a la sociedad fusionante o escindida es igual o menor a un monto equivalente a $100’000,000; y, la sociedad fusionada o escindente, en el ejercicio fiscal inmediato anterior a la acción, consignó en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) iguales o menores a un monto equivalente a equivalente a $50’000,000.Además, se compartió cómo debe presentarse un dictamen de los estados financieros utilizados para llevar acabo una fusión o escisión, sus requisitos y condiciones con fundamento del artículo 14-b del CFF. Dentro de estos requisitos, se destacó el escrito libre que debe contener el dictamen y debe ser realizado por un contador público inscrito; además, es en esta carta donde se debe incluir la copia del acta de asamblea que se mencionó previamente.Finalmente, se señaló que no presentar este dictamen, dentro de los plazos establecidos, mediante el Sistema de Presentación de Dictamen (Sipred) puede llevar a la invalidez de la fusión o escisión para efectos fiscales, sanciones económicas y la pérdida de la revisión secuencial. Debido a ello, es de suma importancia mantener estas acciones empresariales dentro de las normativas aplicables y, para ello, es fundamental contar con una presentación apropiada y alineada del dictamen de los estados financieros que les sustentan.
Este 24 de julio, el Colegio y la comisión Administradora de Calidad de Firmas de Contadores Públicos presentaron la conferencia Reflexiones sobre el cumplimiento de la NIGC, revisiones globales, la cual fue impartida por Jaime Pérez Martínez y Cristian Justo Álvarez, y moderada por Javier Sagrero Martínez; quienes platicaron sobre los hallazgos, medidas contra los incumplimientos y los retos por venir en este proceso.Los expositores comenzaron su presentación compartiendo un breve panorama internacional que evidenció la situación actual respecto a la calidad en los servicios de auditoría. Resaltaron diversos hallazgos preocupantes en las firmas, tales como la falta de designación de un responsable del sistema de control de calidad, la ausencia de un manual de políticas y procedimientos, y la inexistencia de planes de capacitación.Entre las observaciones realizadas a los encargos, los contadores destacaron la falta de documentación adecuada para la determinación de cuentas significativas y la insuficiencia de procedimientos analíticos en la evaluación de riesgos. "Es fundamental que se involucre a especialistas de TI en la revisión de los sistemas para garantizar una auditoría efectiva", subrayó Justo Álvarez.Asimismo, los retos que enfrentan los contadores, en el actual contexto, también fueron parte de la discusión. Los especialistas mencionaron la postergación de fechas de visitas, errores en los datos de contacto de los revisores, y el considerable desfase de tiempo en la aceptación de hallazgos; estos elementos, señalaron, afectan directamente la calidad del trabajo de auditoría.Además, compartieron que, de acuerdo con el Foro Internacional de Reguladores Independientes de Auditoría (IFIAR, por sus siglas en inglés), 88% de las jurisdicciones son requeridas para adoptar la NIGC 1, de los cuales 68% de los miembros reportan hallazgos relacionados con auditorías de entidades que no son de interés público.A pesar de los desafíos, se compartieron hallazgos positivos como la eficiencia en las auditorías, una mayor estadía de colaboradores y una mejor colaboración cruzada. Estos aspectos son cruciales para la toma de decisiones informadas dentro de las firmas.Se puntualizó, con base en reportes del IFIAR, que los hallazgos de control de calidad no solo se relacionan con compromisos específicos, sino que abordan políticas y procedimientos vigentes en las firmas. Para mejorar la situación, los especialistas recomendaron la asignación de recursos, el fortalecimiento de la documentación y la inducción a una proactividad mayor en los procesos.“Los beneficios de implementar acciones correctivas eficaces incluyen no solo la reducción de costos, sino también un aumento en la eficiencia y la mejora continua de la calidad en el ámbito contable”, concluyó Pérez Martínez.