El Colegio organizó el 16 de julio el curso Dictamex: dictamen del Estado de México 2024. El objetivo fue profundizar en los fundamentos, criterios y procedimientos para la presentación de este dictamen fiscal estatal. El curso abordó las disposiciones tributarias y su aplicación práctica en la plataforma del Dictamen Fiscal, incluyendo la determinación y pago del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP).
El evento destacó por la participación de dos paneles de expertos. El primero estuvo integrado por especialistas técnicos y funcionarios de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Estado de México, quienes compartieron sus conocimientos y experiencia con los asistentes.
Los ponentes fueron: Gustavo De la Cruz Romero (titular del Departamento de Desarrollo de Sistemas), Emilio Valdez Zepeda (titular de la Dirección General de Fiscalización), Juan Carlos Castillo Carrillo (desarrollador de software en la Secretaría), Eduardo Guerrero Negrete (subdirector de Programas de Impuestos Estatales) y Alejandro Esaú Molina Guadarrama (titular de la Dirección en Tecnologías de la Información) en la Secretaría de Finanzas del Estado de México.
La segunda mesa de diálogo estuvo conformada por Eduardo Arturo Cruz Quintero, Verónica Luis Mojica y Óscar Adrián Hernández Flores, todos ellos integrantes de la comisión técnica de Contribuciones Locales y organizadores del evento. La coordinación general estuvo a cargo de José Eduardo Beristain Martínez, también miembro de la comisión organizadora.
El curso cubrió un amplio espectro de temas esenciales para la correcta formulación del dictamen, incluyendo: el marco legal, el registro y autorización del Contador Público Autorizado (CPA), los sujetos del impuesto, supuestos del dictamen, opinión e informe, infracciones y sanciones. También se trataron aspectos relevantes en la elaboración del dictamen, la reforma al Código Financiero del Estado de México y Municipios (CFEMYM), la situación actual de Dictamex y los beneficios del sistema, novedades para el 2025, como la innovación tecnológica, la seguridad y una guía audiovisual.
Un punto central de la exposición fue la reforma al CFEMYM de 2021, específicamente el artículo 47.° G, fracción I. Esta modificación, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México ese mismo año, establece la integración de información detallada por cada trabajador y establecimiento dentro del Estado, incluyendo sus domicilios y ubicaciones. Es crucial destacar que esta disposición también aplica a edificaciones de obra, acabados, modificaciones y/o remodelaciones, sin importar su ubicación.
Durante el curso, se presentaron datos relevantes sobre el estado actual de los avisos y dictámenes del ISERTP. Hasta el 15 de julio de 2025, se han registrado 1,981 avisos y 140 dictámenes presentados para el ejercicio 2025. En cuanto al ejercicio 2024, se recibieron 1,936 avisos, con 91 dictámenes ya presentados y 730 en proceso de formulación. La Secretaría de Finanzas expresó su expectativa de un crecimiento significativo en la presentación de dictámenes para 2024, buscando superar la cifra de 2021, que fue de 4,662 avisos.
Los funcionarios estatales también resaltaron los importantes beneficios del sistema del Dictamen Fiscal del Estado de México (Dictamex):
La innovación tecnológica fue un tema toral en la que los representantes de la Secretaría de Finanzas hablaron de las herramientas como la lectura del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la determinación del ISERTP, la vinculación de trabajadores por establecimiento mediante la herramienta TPE, y la importación masiva de información. Se explicó cómo la herramienta TPE simplifica la integración automática y masiva de datos, lo que evita retrabajos y optimiza los procesos.
En cuanto a la seguridad, se enfatizó el uso de la firma electrónica y la implementación de un doble factor de autenticación a través de tokens enviados a correos electrónicos registrados, los cuales tienen una vigencia de 24 horas. Esta medida fortalece significativamente la seguridad del sitio Dictamex, una característica crucial para proteger la información de la autoridad, contadores y contribuyentes.
En la segunda parte del curso, Eduardo Cruz Quintero abordó el marco legal del Dictamex. Explicó que este se fundamenta en el artículo 47.° del CFEMYM, el cual establece diversas obligaciones para los contribuyentes. Entre ellas, destacan la inscripción en el Registro Estatal de Contribuyentes (REC), la conservación de la documentación fiscal por un periodo de cinco años y la presentación de avisos de modificación de datos. Una obligación fundamental es la de dictaminar la determinación y el pago del ISERTP a través de un CPR.
Por su parte, Verónica Luis Mojica se centró en el registro y la autorización del CPA. Durante su intervención, resaltó las reglas generales del dictamen, cuyo objetivo principal es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con el ISERTP. Estas reglas incluyen normativas para obtener el registro como CPR, la metodología para determinar los promedios mensuales de remuneraciones y trabajadores, así como los procedimientos para la presentación tanto del dictamen como de los avisos, los cuales generarán un acuse de recibo con sello digital.
Por su parte, Óscar Hernández Flores cerró la sesión con el tema de las infracciones y sanciones. En su presentación, destacó que el documento establece multas para los contribuyentes que no presenten el dictamen, lo hagan de forma extemporánea o con un CPR impedido, o no entreguen las constancias de retención. Para los CPR, las sanciones pueden incluir multas, suspensión temporal o incluso la cancelación definitiva del registro por omisiones o contravenciones en la formulación del dictamen.
El curso finalizó con una dinámica de preguntas y respuestas, una demostración sobre cómo acceder a la plataforma y la entrega virtual de reconocimientos.
Eventos recientes
Esta tarde, el Colegio de Contadores Públicos de México y el Colegio de Notarios de la Ciudad de México firmaron un convenio de colaboración que busca fortalecer la relación entre ambas instituciones y ofrecer beneficios significativos a sus integrantes.En el evento se dieron cita, por parte del Colegio, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente; Rosalía Ortega López, vicepresidenta de Gobierno; y María Luisa Ramírez Hernández, directora ejecutiva. En representación del Colegio de Notarios, estuvieron presentes Roberto Garzón Jiménez, presidente de la institución, y Ángel Gilberto Adame López, director general del Instituto de Investigaciones Jurídicas del Notariado (IIJN).Durante la firma del convenio, se destacó el compromiso de ambas partes para desarrollar actividades que incluyen:Comunicación: Colaboración en la promoción de foros, cursos, talleres, etc. a través de redes sociales y comunicados oficiales.Acceso preferente a actividades académicas: Los asociados y colaboradores tendrán preferencia para participar en diversas actividades académicas organizadas por los colegios.Difusión: Se establecerá un enfoque en la promoción de cursos, talleres, seminarios, conferencias, simposios y diplomados, lo que permitirá a los miembros mantenerse actualizados en sus respectivas áreas de interés y contribuir al desarrollo profesional continuo.Posteriormente a la firma, las autoridades de ambos organismos realizaron un recorrido por las instalaciones del Colegio, donde pudieron conocer más sobre los beneficios que se ofrecen a los asociados.Durante el recorrido, los representantes intercambiaron ideas sobre la importancia de la colaboración interinstitucional y cómo esta puede impactar de manera positiva en la formación y actualización profesional. El encuentro finalizó con una cordial conversación sobre los desafíos actuales que enfrentan ambas profesiones, así como sobre la necesidad de adaptarse a un entorno en constante cambio.
El 29 de julio se presentó en el Colegio el curso Presentación del dictamen por fusión y escisión de sociedades, donde la comisión técnica de Auditoría Fiscal brindó la información necesaria a los asistentes para elaborar el dictamen y presentación de estados financieros de las empresas participantes de fusiones o escisiones, conforme a los requisitos del artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).El espacio estuvo coordinado por Rafael Mendoza Aguilar y contó con la participación de tres expertos en el tema e integrantes de la comisión: Daniel Lugo Serrano, Saraí Dávila Fragaso y Miguel Ángel Severiano Hernández, quienes compartieron sus conocimientos para explorar los antecedentes, disposiciones fiscales, requisitos y recomendaciones para la elaboración de estos dictámenes. Para comenzar, se explicó que el proceso de fusión o escisión comienza con una asamblea extraordinaria de accionistas, donde se determinarán los motivos para tal efecto en relación con los estados financieros. Además, se señaló la importancia de extender en un acta de asamblea todos los detalles necesarios del acuerdo de estos actos corporativos, con el fin de clarificar las descripciones, plazos, responsabilidades y obligaciones que derivan de ellos.El acta de asamblea no tiene una lista concreta de extensión y alcance. Los expertos señalaron que debe responder a las necesidades de las partes involucradas para establecer un acuerdo, siempre alineada a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).En ese mismo sentido de cumplimiento normativo, el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación señala las condiciones que debe cumplir un caso de fusión para no ser considerada como una enajenación. Una de estas condiciones es que la sociedad fusionante deberá continuar con las actividades que realizaba antes de la acción.Posteriormente, en el foro se comentó quiénes no están obligados al dictamen, con sustento de la regla 2.10.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Para ello, los contribuyentes deben cumplir tres supuestos: el monto de la cuenta de capital de aportación de la sociedad y el capital social del fusionante o la escindente no debe exceder el equivalente a $100’000,000; El valor de los activos netos transmitidos a la sociedad fusionante o escindida es igual o menor a un monto equivalente a $100’000,000; y, la sociedad fusionada o escindente, en el ejercicio fiscal inmediato anterior a la acción, consignó en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) iguales o menores a un monto equivalente a equivalente a $50’000,000.Además, se compartió cómo debe presentarse un dictamen de los estados financieros utilizados para llevar acabo una fusión o escisión, sus requisitos y condiciones con fundamento del artículo 14-b del CFF. Dentro de estos requisitos, se destacó el escrito libre que debe contener el dictamen y debe ser realizado por un contador público inscrito; además, es en esta carta donde se debe incluir la copia del acta de asamblea que se mencionó previamente.Finalmente, se señaló que no presentar este dictamen, dentro de los plazos establecidos, mediante el Sistema de Presentación de Dictamen (Sipred) puede llevar a la invalidez de la fusión o escisión para efectos fiscales, sanciones económicas y la pérdida de la revisión secuencial. Debido a ello, es de suma importancia mantener estas acciones empresariales dentro de las normativas aplicables y, para ello, es fundamental contar con una presentación apropiada y alineada del dictamen de los estados financieros que les sustentan.
Este 24 de julio, el Colegio y la comisión Administradora de Calidad de Firmas de Contadores Públicos presentaron la conferencia Reflexiones sobre el cumplimiento de la NIGC, revisiones globales, la cual fue impartida por Jaime Pérez Martínez y Cristian Justo Álvarez, y moderada por Javier Sagrero Martínez; quienes platicaron sobre los hallazgos, medidas contra los incumplimientos y los retos por venir en este proceso.Los expositores comenzaron su presentación compartiendo un breve panorama internacional que evidenció la situación actual respecto a la calidad en los servicios de auditoría. Resaltaron diversos hallazgos preocupantes en las firmas, tales como la falta de designación de un responsable del sistema de control de calidad, la ausencia de un manual de políticas y procedimientos, y la inexistencia de planes de capacitación.Entre las observaciones realizadas a los encargos, los contadores destacaron la falta de documentación adecuada para la determinación de cuentas significativas y la insuficiencia de procedimientos analíticos en la evaluación de riesgos. "Es fundamental que se involucre a especialistas de TI en la revisión de los sistemas para garantizar una auditoría efectiva", subrayó Justo Álvarez.Asimismo, los retos que enfrentan los contadores, en el actual contexto, también fueron parte de la discusión. Los especialistas mencionaron la postergación de fechas de visitas, errores en los datos de contacto de los revisores, y el considerable desfase de tiempo en la aceptación de hallazgos; estos elementos, señalaron, afectan directamente la calidad del trabajo de auditoría.Además, compartieron que, de acuerdo con el Foro Internacional de Reguladores Independientes de Auditoría (IFIAR, por sus siglas en inglés), 88% de las jurisdicciones son requeridas para adoptar la NIGC 1, de los cuales 68% de los miembros reportan hallazgos relacionados con auditorías de entidades que no son de interés público.A pesar de los desafíos, se compartieron hallazgos positivos como la eficiencia en las auditorías, una mayor estadía de colaboradores y una mejor colaboración cruzada. Estos aspectos son cruciales para la toma de decisiones informadas dentro de las firmas.Se puntualizó, con base en reportes del IFIAR, que los hallazgos de control de calidad no solo se relacionan con compromisos específicos, sino que abordan políticas y procedimientos vigentes en las firmas. Para mejorar la situación, los especialistas recomendaron la asignación de recursos, el fortalecimiento de la documentación y la inducción a una proactividad mayor en los procesos.“Los beneficios de implementar acciones correctivas eficaces incluyen no solo la reducción de costos, sino también un aumento en la eficiencia y la mejora continua de la calidad en el ámbito contable”, concluyó Pérez Martínez.